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sábado, abril 20, 2024

Comunicado

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Comunicado

La fonoaudiología asume el servicio de la salud de las personas . Es una profesión que está respaldada por una formación universitaria y una matriculación para su ejercicio legal. Por tanto requiere de una formación bajo estándares definidos ( cantidad de horas del plan de estudio, horas de formación práctica y contenidos mínimos exigibles) del art. 43 de la Ley de Educación Superior. El título habilitante y con el máximo de los alcances es el de Licenciada/o en Fonoaudiología. El título intermedio de Fonoaudiólogo es parte de la formación del Plan no vigente pero activo RME N. 471/2007 se ve superada por las nuevas exigencias de formación y acreditación en el ámbito universitario y en la salud.

Cualquier formación inferior a estos estándares y ajena a la universidad no garantiza que no ponga en riesgo la salud y que su práctica sea profesional y legal.

Este es un pronunciamiento de la Escuela de Fonoaudiología de la FCM de la Universidad Nacional de Córdoba, acompañado por  CIFUNyP ( Comisión Interuniversitaria de Fonoaudiología de Universidades Nacionales de Gestión Pública y Privada) de la que forma parte junto con: UNSL, UBA, UNR, USAL, ACONCAGUA, UFASTA, UCSE.