Cuando llega el momento de aceptar una herencia, muchas personas optan por declarar el valor de los bienes lo más bajo posible para pagar menos impuestos. Sobre el papel parece una buena idea, pero esa decisión puede acabar saliendo muy cara. 

Si más adelante se vende una vivienda heredada, ese valor reducido servirá de referencia para calcular la ganancia patrimonial, lo que puede traducirse en un mayor pago a Hacienda. Es una situación que la notario María Cristina Clemente Buendía, de la Notaría Buendía (Alicante), ha explicado en sus redes sociales. 

«En una herencia, los bienes no se valoran al mínimo pensando que nos estamos ahorrando impuestos. Lo pagaremos muy caro después cuando vendamos el inmueble que así hemos adquirido», advierte esta notario, que ha detectado que este es uno de los errores más repetidos entre las familias que pasan por su notaría.

Para ilustrar hasta qué punto puede complicarse la situación, recurre a un caso reciente. «Una viuda de 67 años viene a la notaría a firmar con sus dos hijas la escritura de herencia del marido fallecido». Un testamento de lo más habitual en España, según cuenta: «Tenía el clásico testamento de el uno para el otro en usufructo. Todo lo demás, para las hijas a partes iguales. Y lo que deja es domicilio conyugal y cuentas corrientes, todas ellas gananciales».

El primer paso: liquidar los gananciales

Antes de repartir la herencia como tal, hay una operación previa que muchas familias pasan por alto o entienden mal. «La viuda debe adjudicarse la mitad de ese piso y la mitad de ese dinero», explica Clemente. Y aquí llega la primera buena noticia, que además despeja bastante el miedo con el que mucha gente llega a este trámite. «Primera idea clarísima. En toda España, el impuesto por esa disolución y liquidación de gananciales es de 0 euros. Cero además por plusvalía municipal y cero por IRPF».

Notario herencias

Resuelta esa parte, entra en juego la herencia propiamente dicha, y ahí el mapa cambia bastante dependiendo del código postal. «La segunda idea es que en la mayor parte de España, salvo las comunidades autónomas de Asturias, Aragón, Castilla-La Mancha y Cataluña, el impuesto de sucesiones por heredar está fuertemente bonificado. En algunos casos es incluso del 100% o del 99% y, por supuesto, nunca se paga IRPF cuando heredamos», detalla la notaria.

Por qué valorar al máximo (y no al mínimo) sale más barato

Con los dos primeros pasos casi libres de impuestos, parecería lógico relajarse y valorar los bienes a la baja para no llamar la atención de Hacienda. Es justo el error contrario al que hay que cometer, según esta especialista. «¿Cuándo podremos llevarnos el susto? Cuando después vendamos lo que así hemos recibido. De ahí la importancia de valorar al máximo», insiste Clemente.

La explicación tiene que ver con cómo calcula Hacienda la ganancia patrimonial en una futura venta. Cuanto más bajo se declare el valor del bien al heredarlo, mayor será la diferencia (y por tanto la ganancia a tributar) el día que se venda. Valorarlo al máximo, en cambio, eleva ese valor de adquisición de cara al fisco y reduce lo que habrá que pagar después.

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En una herencia, valorar un inmueble a la baja para pagar menos impuestos puede parecer una buena idea. Pero cuidado: el ahorro de hoy puede convertirse en un problema fiscal mañana. . Y ojo, porque no en todas las comunidades autónomas heredar cuesta lo mismo. Asturias, Aragón, Cataluña y Castilla-La Mancha están entre los territorios donde la tributación de las herencias puede resultar más elevada, frente a otras comunidades con importantes bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones. . Y hay algo importante: cuando heredamos no pagamos IRPF. El posible susto puede llegar después, cuando vendamos ese inmueble y tengamos que calcular la ganancia patrimonial. . Por eso, valorar correctamente los bienes heredados no es solo una cuestión de cuánto pagas hoy. También es una decisión que puede tener consecuencias fiscales cuando llegue el momento de vender. . Planificar una herencia no consiste en pagar menos a cualquier precio. Consiste en tomar decisiones pensando también en el futuro. . #Herencias #Impuestos #TuHistoriaNuestraFirma

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En el caso concreto de la viuda que expone la notaria, ese margen ni siquiera llega a notarse en la práctica, porque hay otras dos circunstancias que la protegen. «Porque cuando después vende esa viuda qué más nos da que para Hacienda su valor de adquisición no sea el de esta herencia, sino de cuando compró con el marido. Nos da igual. Es mayor de 65 años, está vendiendo vivienda habitual y por tanto hay 0 de IRPF. Y para esos hijos que reciben por el mismo valor por el que transmiten, 0 también de IRPF».

Es decir, la trampa que muchas familias se ponen a sí mismas al declarar el valor mínimo posible en la herencia solo tiene sentido evitarla pensando en el futuro: en quién va a vender ese inmueble, cuándo y en qué circunstancias. Un cálculo que, según reconoce la propia notaria, rara vez se hace en el momento de firmar, cuando lo único que se busca es salir cuanto antes del trámite y con la menor factura posible.

Fotografías | Notaría Buendía, rawpixel, @dcstudio para Magnific

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