{"id":20597,"date":"2021-05-18T22:48:12","date_gmt":"2021-05-18T22:48:12","guid":{"rendered":"http:\/\/manoamanocba.com.ar\/?p=4425"},"modified":"2021-05-18T22:48:12","modified_gmt":"2021-05-18T22:48:12","slug":"gobierno-ordeno-a-whatsapp-suspender-nuevas-politicas-de-privacidad","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/hoycordobaweb.com\/index.php\/2021\/05\/18\/gobierno-ordeno-a-whatsapp-suspender-nuevas-politicas-de-privacidad\/","title":{"rendered":"Gobierno orden\u00f3 a WhatsApp suspender nuevas pol\u00edticas de privacidad"},"content":{"rendered":"<div><img src=\"http:\/\/hoycordobaweb.com\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/gobierno-ordeno-a-whatsapp-suspender-nuevas-politicas-de-privacidad.jpg\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p class=\"excerpt\">La Secretar\u00eda de Comercio Interior dict\u00f3 una medida cautelar en base a un informe de la Comisi\u00f3n Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC).<\/p>\n<p>En base a un informe de la Comisi\u00f3n Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), la Secretar\u00eda de Comercio Interior dict\u00f3 una medida cautelar para que la empresa Facebook suspenda la puesta en vigor de las nuevas condiciones del servicio y pol\u00edticas de privacidad de WhatsApp, anunciadas para entrar en vigencia en la Argentina. La medida se public\u00f3 este lunes en el Bolet\u00edn Oficial a trav\u00e9s la Resoluci\u00f3n 492\/2021.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el dictamen de CNDC, las nuevas Pol\u00edticas de Privacidad de WhatsApp \u201cpodr\u00edan lesionar la competencia y el inter\u00e9s econ\u00f3mico general, violando as\u00ed la ley de Defensa de la Competencia, m\u00e1s precisamente una infracci\u00f3n al art. 1 de la Ley 27442\u201d. Ahora, mientras dure la cautelar, la CNDC investigar\u00e1 el uso que Facebook dar\u00e1 a los datos obtenidos de los usuarios de WhatsApp y que, se presume, podr\u00edan utilizarse con fines comerciales, seg\u00fan indic\u00f3 la Secretar\u00eda de Comercio en un comunicado.<\/p>\n<p>La cartera oficial indica que&nbsp;\u201cWhatsApp tiene una penetraci\u00f3n que supera el 76% de los tel\u00e9fonos m\u00f3viles en nuestro pa\u00eds. Las dem\u00e1s aplicaciones de mensajer\u00eda todav\u00eda tienen baja penetraci\u00f3n, por ello el usuario no puede sustituirla sin perder este medio de comunicaci\u00f3n con muchos de sus contactos\u201d.<\/p>\n<p>En ese sentido, agrega que \u201cesto genera una fuerte asimetr\u00eda en el poder de negociaci\u00f3n entre el usuario y WhatsApp, por lo que se ver\u00e1n obligados mayoritariamente a aceptar las nuevas Condiciones del Servicio,&nbsp;<strong>habilitando de ese modo a WhatsApp a que recopile datos personales excesivos y comparta la informaci\u00f3n personal de manera indebida con otras aplicaciones del grupo, tales como Facebook e Instagram\u201d.<\/strong><\/p>\n<p>Seg\u00fan establece el informe de la CNDC,&nbsp;<strong>Facebook e Instagram, con el poder que&nbsp;<\/strong><strong>esa informaci\u00f3n les otorgar\u00e1, sumadas a las m\u00e1s modernas tecnolog\u00edas de procesamiento de informaci\u00f3n, podr\u00e1n reforzar su posici\u00f3n de dominio en otros mercados como el de la publicidad on-line<\/strong>, elevando las barreras a la entrada o volviendo dif\u00edcil la supervivencia de sus competidores no integrados y en \u00faltima instancia monopolizando el mercado en perjuicio del inter\u00e9s econ\u00f3mico general.<\/p>\n<p>En la misma l\u00ednea, se\u00f1ala que entre los datos a recopilar se encuentran: el acceso a la libreta de direcciones, n\u00famero de tel\u00e9fono, datos de operaciones (por ejemplo, si se usa Facebook Pay o Tiendas en WhatsApp), informaci\u00f3n relacionada con el servicio, informaci\u00f3n sobre interacci\u00f3n con las empresas cuando se usa el servicio, informaci\u00f3n sobre el dispositivo m\u00f3vil y la direcci\u00f3n IP; adem\u00e1s de otros datos que proporciona el usuario o son recopilados autom\u00e1ticamente por la aplicaci\u00f3n seg\u00fan la secci\u00f3n \u201cInformaci\u00f3n que recopilamos\u201d de la Pol\u00edtica de privacidad.<\/p>\n<p>\u201cSi el usuario no acepta las nuevas Condiciones del Servicio el 15 de mayo pr\u00f3ximo, inicialmente experimentar\u00e1 limitaciones en la funcionalidad de la aplicaci\u00f3n y al cabo de unas pocas semanas la aplicaci\u00f3n dejar\u00e1 de operar y perder\u00e1 todos los datos almacenados\u201d, indica la Secretar\u00eda de Comercio.<\/p>\n<p>Como antecedente a esta cautelar, la Subsecretar\u00eda de Acciones para la Defensa de los Consumidores, a ra\u00edz de la denuncia de una usuaria,&nbsp;hab\u00eda imputado a la empresa Facebook Argentina SRL, por incluir presuntas cl\u00e1usulas abusivas en las condiciones del servicio de la plataforma de mensajer\u00eda WhatsApp.<\/p>\n<p>\u201cEn el mismo sentido, se observaron las cl\u00e1usulas tambi\u00e9n informadas por la CNDC que podr\u00edan resultar abusivas y que colocar\u00edan en situaci\u00f3n de vulnerabilidad a quienes utilizan este servicio, e incluso tambi\u00e9n a personas que optaron por no utilizarlo, e incumplir\u00eda la Ley de Protecci\u00f3n de Datos Personales (N\u00b0 25.326); y exenciones de responsabilidad a favor de la empresa, que desnaturalizan las obligaciones que posee como proveedora de servicios\u201d, explica la Secretar\u00eda de Comercio.<\/p>\n<p>Por otra parte indica que \u201clas condiciones de la empresa est\u00e1n redactadas en ingl\u00e9s, y presentan una traducci\u00f3n no oficial, por lo que no estar\u00eda brindando un contrato v\u00e1lido en el idioma oficial de nuestro pa\u00eds\u00bb. Se suma la pr\u00f3rroga de jurisdicci\u00f3n, por la que el proveedor pretende arrogarse la facultad de elegir el tribunal competente en caso de conflicto, hecho expresamente prohibido por la Ley de Defensa del Consumidor (N\u00b0 24.240), y la posibilidad de que la empresa pueda finalizar o modificar el contrato de manera unilateral seg\u00fan su propio criterio y sin establecer par\u00e1metro alguno, incluso hasta el punto de trasladar la obligaci\u00f3n a las y los consumidores de notificarse de estos cambios, tomando al silencio de su parte como aceptaci\u00f3n de la modificaci\u00f3n contractual\u201d.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, la Secretar\u00eda de Comercio se\u00f1ala que&nbsp;\u201caun cuando el servicio de mensajer\u00eda de WhatsApp parece gratis, no lo es. La informaci\u00f3n que el usuario entrega es extremadamente valiosa para las redes sociales, tanto que esa suscripci\u00f3n gratuita podr\u00eda ser un acuerdo injusto y hasta ruinoso para el usuario\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Secretar\u00eda de Comercio Interior dict\u00f3 una medida cautelar en base a un informe de la Comisi\u00f3n Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC). 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