El decreto de necesidad y urgencia (DNU) que firmó este miércoles el presidente Javier Milei y que comunicó por cadena nacional esta noche incluyen la “eliminación de las restricciones de precios a la industria prepaga”. 

También señaló la “incorporación de las empresas de medicina prepaga al régimen de obras sociales”.

Otro de los puntos que precisó el presidente tienen que ver con el “establecimiento de la receta electrónica para agilizar el servicio y minimizar costos”. 

Y además destacó las “modificaciones al régimen de empresas farmacéuticas para fomentar la competencia y reducir costos”.

Más cambios

Lo que hace Milei ahora es, básicamente, un intento de desregular. Es decir, retirar al Estado de algunas cuestiones en las que tenía injerencia. Y también a otros actores, como se da en el caso de la salud. Por ejemplo, los médicos ya no podrán sugerir marcas de medicamentos en las recetas. Y las farmacias no serán las únicas que podrán vender medicamentos al público.

Impacto en médicos

En la ley 25.649, de especialidades medicinales, modifica un aspecto clave al introducir un cambio en el articulo 2. Retira del texto la parte que hasta ahora habilitaba al médico, además de prescribir la receta por nombre genérico de la droga, a poner además -si así lo prefería- una marca comercial.

Ya no aparece la salvedad, quita al médico ese poder y sólo dice que “el farmacéutico, debidamente autorizado por la autoridad competente, es el único responsable y capacitado para la debida dispensa de especialidades farmacéuticas que requieran recetas en cualquiera de sus modalidades”.

Es decir que la marca del remedio que el paciente adquiera se terminará definiendo en el mostrador, con el menú que el farmacéutico le brinde a su cliente. Amén de que, más allá de no poder ya el profesional de la salud oficializar una marca en la receta, quiera realizar la recomendación de manera informal en el consultorio.

 

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