El Concejo Deliberante aprobó hoy una modificación al Código de Convivencia Ciudadana que incorpora la limitación sobre la exhibición de productos no saludables.

A partir de ahora ya no podrán exhibirse en línea de cajas o área de pago productos que no estén categorizados como “frutas, frutos secos, productos libre de gluten, dietéticos y similares, todos sin azúcar agregada, en supermercados, hipermercados y farmacias”. El incumplimiento será sancionado con una multa económica.

Por lo tanto, productos como golosinas, snacks, jugos y gaseosas, deberán desaparecer en un radio cercano a tres metros de las líneas de caja de supermercados, hipermercados y farmacias.

La ordenanza fue impulsada por los concejales Juan Pablo Quinteros de Encuentro Vecinal Córdoba y Nicolás Piloni de Hacemos  por Córdoba.

Tras destacar el consenso logrado entre las bancas, Quinteros puntualizó que “probablemente  esta Ordenanza no constituirá la solución de fondo para la problemática que estamos abordando, que es la malnutrición como consecuencia del consumo en exceso de los denominados productos ultraprocesados, pero sin dudas es un avance significativo en materia de salud pública”.

En la sesión de hoy -la décima en lo que va del año- también se aprobó el Régimen de Beneficios Sociales para Veteranos de Guerra de Malvinas, dirigido a Veteranos de Guerra de Malvinas y civiles que cumplieron funciones en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur, entre el 2 de abril y 14 de junio de 1982 y sus familiares.

Impulsado por la concejal María Eva Ontivero, el proyecto que establece exenciones en el pago de contribuciones sobre inmuebles y/o cochera, y sobre automotores. “Si es propietario de un vehículo particular goza de la eximición del pago de tasas y tarifas para la obtención de la Licencia de Conducir del vehículo particular, para Tarifa del Servicio de Estacionamiento Medido Municipal, y del permiso de libre circulación para personas con discapacidad”, detalló el comunicado de prensa del Concejo.

Además quedan exentos del pago de la contribución sobre los cementerios y en caso de fallecimiento del Veterano de Guerra de Malvinas que no cuente con cobertura de sepelio, y a solicitud de los familiares, se garantiza la provisión del servicio y/ o cremación.

 

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